15-10-2021
Economista - Administrador Concursal
Dictamen CES sobre el Anteproyecto de Ley de Creación y crecimiento de empresas
Seguidamente me complace compartir el dictamen de los compañeros de Economistas Contables del Consejo General de Economistas sobre el Anteproyecto de Ley de Creación y crecimiento de empresas.
Sus conclusiones se les hacen figurar a continuación.
· El Dictamen acoge favorablemente el presente
Anteproyecto en tanto en cuanto propicia el dinamismo empresarial. No obstante,
el CES estima conveniente recordar que se trata de considerar el fenómeno
emprendedor como un fenómeno social, no solo como el resultado de una actuación
individual. Se trata de impulsar la creación y el crecimiento empresarial en
aras de una mayor sostenibilidad y progreso social, de modo que las personas,
el medioambiente y el buen gobierno formen parte del propósito u objeto social
de la empresa;
· Respecto a las medidas que persiguen la
agilización de los trámites de inicio de la actividad, la mejora regulatoria y
la eliminación de obstáculos a la actividad económica, así como del apoyo
financiero al crecimiento empresarial, si bien las valora positivamente, el CES
considera que para impulsar el crecimiento empresarial deberían abordarse
también otros elementos que van más allá de la necesidad de contar con fuentes
de financiación suficientes y accesibles y que están más relacionados con la definición
de estrategias amplias de crecimiento empresarial orientadas a la mejora de la
competitividad y la generación de valor a partir de activos intangibles, lo que
permitirá marcar la diferencia en términos de productividad y de expansión y
supervivencia empresarial;
· Por otra parte, el dictamen pone de manifiesto
la ausencia de referencias en el Anteproyecto a las empresas y entidades de la
economía social como una parte importante del tejido empresarial y, en
particular, a las cooperativas y sociedades laborales, de ahí que se propone
que considere conveniente extender la norma a este conjunto de empresas, dado
que el contenido de la misma eliminaría también las trabas detectadas en su
constitución y permitiría, asimismo, aumentar y mejorar los instrumentos de
financiación de estas, en aras a contribuir al mantenimiento y a la creación de
empleo y, con ello, a la recuperación de la economía española en el medio y
largo plazo;
· En cuanto a la implementación y obligatoriedad
de la factura electrónica para las pymes considera necesario señalar que ello
puede suponer un incremento adicional de las cargas, aunque sean indirectas y
por ello propone que sea la Administración pública quien provea de los
mecanismos de apoyo;
· Sobre la financiación empresarial, el Dictamen
el CES considera que el Anteproyecto debería haber considerado otros problemas
que aún persisten en este terreno, como la tradicional dificultad para valorar
la calidad crediticia de las empresas más pequeñas, que se acrecienta en un
entorno económico en el que, como se ha indicado, una creciente parte de la
competitividad de los negocios se apoya en la inversión en intangibles. Esta
dificultad supone, en la práctica, tener que recurrir a garantías colaterales
personales o inmobiliarias para poder acceder a la financiación ajena, que es
mayoritariamente bancaria. Asimismo, en cuanto a la promoción de fuentes de
financiación alternativas a la procedente de las entidades crediticias, se
podrían haber contemplado igualmente mejoras normativas que faciliten el acceso
directo del pequeño empresariado a los mercados de capitales organizados
—cuestión que venimos promoviendo desde el CGE, como ejemplo de ello puede
consultar la Guía sobre mercados cotizados para Pymes— ;
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