Implicaciones económicas del funcionamiento de la Justicia en España.

Ángel Luis Vázquez Torres
Economista
Mediador Civil, Mercantil y Concursal
Administrador Concursal
Experto contable, financiero y Fiscal
Coach
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Implicaciones económicas del funcionamiento de la Justicia en España.



Según el estudio del Consejo General de Economistas sobre Implicaciones económicas del funcionamiento de la Justicia en España, el número de disposiciones normativas aprobadas en España por el Estado y las diecisiete comunidades autónomas multiplica por diez las producidas por el Estado federal alemán con una población que casi duplica la española.

Concretamente, en 2015 se publicaron casi un millón de páginas en los boletines oficiales de ámbito estatal y autonómico.
En su informe, El Consejo apunta que esta tendencia a publicar cada vez más normas contrasta con la situación en Europa, donde va disminuyendo la producción normativa, y advierte de que la mala calidad legislativa genera inseguridad y aumenta la litigiosidad, llegando a la conclusión “Si se quiere aliviar la colapsada Administración de Justicia se necesita legislar mucho mejor".
Alguna de las conclusiones del mencionado informe son:
1.   Pese a que la percepción que tienen los españoles sobre el funcionamiento de su sistema judicial es menos favorable que la del resto de ciudadanos europeos, los datos muestran que España se encuentra a un nivel similar a la media de la UE en algunos de los indicadores más importantes que se emplean para medir la eficiencia del sistema. Es el caso, por ejemplo, de la duración de los procedimientos.
2.   La tasa de litigiosidad sigue siendo muy elevada.
3.   El gasto público invertido en los tribunales, de 27 euros por persona, es inferior a la media de los 15 principales países de la Unión Europea (UE-15), donde el gasto per cápita es de 50,4 euros.
4.   El porcentaje de la financiación de los tribunales que procede de las tasas judiciales es tan sólo del 13,8%, muy inferior al resto de los países de nuestro entorno, con el 43% de Alemania, el 24,6% de Reino Unido y el 15,6% de Italia. La media de la UE es de 26,4% y el promedio de la UE-15 es del 29,2%.
5.   Por lo que se refiere al manejo de medios informáticos, el informe muestra que los órganos judiciales españoles consiguen una puntuación similar a la media de la UE-15 y señala que desde que se implantó LexNET se han realizado 45 millones de comunicaciones electrónicas, que suponen un 75% de la cantidad total que se lleva a cabo en todo el sistema judicial.
6.   No obstante, el informe lamenta el hecho de que se mantengan 8 sistemas informáticos independientes (7 de las comunidades autónomas más el del Ministerio de Justicia), que no se comunican entre sí.
7.   En España el grado de especialización judicial está por encima de la media europea, pero la relación entre este factor y la duración de los plazos de resolución es poco concluyente (38% en España frente a la media de la UE-15 de 29%).
“Existe un consenso a escala internacional de que un sistema judicial eficiente es necesario para garantizar el desarrollo económico”


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