EXEQUÁTUR - Reconocimiento de sentencias dictadas en el extranjero


Patricia Ródenas

EXEQUÁTUR 
 
RECONOCIMIENTO DE SENTENCIAS DICTADAS EN EL EXTRANJERO


Exequatur o execuátur[i] es el conjunto de reglas conforme a las cuales el ordenamiento jurídico de un Estado verifica si una sentencia judicial emanada de un tribunal de otro Estado reúne o no los requisitos que permiten reconocimiento u homologación.

En los últimos tiempos las estadísticas revelan que los elevados desplazamientos que por el mundo realiza la sociedad actual nos está convirtiendo en una sociedad multiétnica cuyos vínculos personales han generado que el número de matrimonios celebrados fuera de España entre españoles y extranjeros haya ido creciendo de manera sostenida.


Relación directa con los matrimonios mixtos es tanto que éstos se celebren fuera de nuestras fronteras como que el proceso de separación o divorcio se tramite en el extranjero y en consecuencia la sentencia sea dictada por un Tribunal de otro país.

Quienes se encuentren en esta situación deben saber que esa sentencia no será directamente reconocida en España y por tanto no podrá aplicarse.

Si queremos que tenga validez en España y surta los mismos efectos que si hubiera sido dictada en nuestro país será necesario obtener el EXEQUATUR.


El Exequatur es el procedimiento que resulta necesario para reconocer la sentencia judicial extranjera que ha sido dictada en un país distinto del de aquel en que se pretende hacer valer sus efectos. Iniciado el proceso el Juez competente comprobará que la resolución reúne los requisitos que la ley española exige para que el divorcio pueda ser homologado en España. En caso afirmativo, concederá el exequátur a dicha sentencia, lo que supondrá que ésta despliegue todos sus efectos jurídicos y pueda ser ejecutada en territorio español.


¿Cuáles son los supuestos habituales en que se requiere un proceso de exequatur?

Cuando lo que se pretende es inscribir en el Registro Civil español el nuevo estado civil del cónyuge español y/o ejecutar una pensión de alimentos reconocida en una Sentencia dictada en un país extranjero no perteneciente a la Unión Europea.

Pongamos un ejemplo: Alberto, de nacionalidad española, y Amanda, de nacionalidad brasileña, contrajeron matrimonio en Brasil. Tuvieron un hijo, que hoy cuenta con 15 años. Alberto decide volver a España y lo hace con su hijo. Antes de abandonar el país, Alberto y Amanda, se divorcian de mutuo acuerdo Años después, ya en España, Alberto quiere contraer nuevo matrimonio y para ello necesita que la sentencia de divorcio dictada por los Tribunales Brasileños sea reconocida en España. Además, Amanda lleva meses sin pagar la pensión de alimentos que fue fijada en sentencia de divorcio a favor del hijo común.

En el caso relatado, tanto para inscribir la sentencia de divorcio en el Registro Civil español como para hacer cumplir a Amanda su obligación de pago de la pensión alimenticia resulta necesario que la sentencia dictada por los tribunales brasileños sea reconocida en España. El procedimiento: el exequatur

También cuando  los que se pretenda es hacer cumplir en España la condena al pago de una suma de dinero y el ejecutado tiene su residencia o sede permanente en territorio español.

Si reconoces alguna de las situaciones descritas como propia o similar a la tuya te interesa saber que los profesionales que integran el Departamento de Derecho Internacional de YIP ONLINE están especializados en el reconocimiento y ejecución en España de sentencias dictadas en el extranjero, y en procurar, gracias a su dilatada experiencia en el sector, que los plazos en la tramitación del proceso se vean reducidos de forma considerable.

[i] literalmente, «ejecútese» en latín.
 



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