RIP a la Mediación Concursal

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Ángel Luis Vázquez

Economista - Administrador Concursal

RIP a la Mediación Concursal


La Mediación Concursal desaparecerá apenas 8 años después de su puesta en marcha cuando entre en vigor el Anteproyecto de Reforma de la normativa de insolvencia en adaptación de la Directiva de Reestructuración e Insolvencia de 2019, desaparecerá la denominada “Mediación Concursal” y, con ella, los Acuerdos Extrajudiciales de Pago (AEP) y la figura del Mediador Concursal.

 

 


¿Por qué? El argumento dado en la exposición de motivos del mencionado Anteproyecto es que a lo largo de su existencia no se han mostrado eficaces, lo cual en cierta medida es cierto, pero con matizaciones.

 

Hagamos un pequeño repaso. La Mediación Concursal, mediante los Acuerdos Extrajudiciales de Pago, ofrecía una herramienta a personas físicas (empresarios y no empresarios) y a PYMES para poder llegar a un acuerdo con sus acreedores bajo el amparo de la Ley Concursal.

 

Cierto es que en la mayoría de los casos se ha utilizado por los deudores para realizar ofertas de acuerdo inasumibles por el acreedor y así cumplir el trámite e instar el concurso consecutivo y la solicitud del BEPI.

 

Pero no es menos cierto que los AEP eran, y son todavía, una magnífica herramienta para aquellos deudores de buena fe que QUIEREN PAGAR, que aunque no lo crean los hay, y muchos, pero que necesitan una ayuda, bien en forma de “quita” (reducción de la deuda) o “espera” (plazo de pago) para poder configurar un calendario de pagos que puedan cumplir.

 

Estamos hablando de particulares, autónomos y PYMES que, por nuestra experiencia, hemos observado que consiguiendo un descuento en su deuda entre el 30-40% y un plazo de pago de 5 años, podrían hacer frente a los compromisos adquiridos y, en caso contrario, se van a ver abocados directamente al concurso. 

 

Es posible que la legislación anterior debiera mejorarse en algunos aspectos, pero la Mediación Concursal y los AEP son un instrumento muy válido para deudores de buena fe que quieren pagar, por lo que, a mi entender, no deberían eliminarse de un plumazo.

 

En el Congreso Concursal celebrado en Toledo los días 3 y 4 de septiembre hemos podido constatar entre todos los participantes la obsesión del legislador de suprimir y reducir costes y, la eliminación de la Mediación Concursal y los AEP están en esa línea.

 

Sin embargo, el consenso entre todos los participantes es que la eliminación de las figuras del abogado, del procurador e incluso del mediador concursal, en más del 80% de los procedimientos va a reducir las garantías jurídicas del deudor, la calidad en la tramitación de los expedientes y, sobre todo, en una carga de trabajo adicional para los juzgados de lo mercantil ya de por sí muy sobrecargados.

 

Si prospera este anteproyecto diremos adiós a la Mediación Concursal y a los Acuerdos Extrajudiciales de Pago sin ver una figura que los sustituya claramente, por lo que esperamos que el legislador se replantee esta decisión.


Si el lector desea más información, para contactar con el autor puede dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico: alv@vazqueztorres.com 

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