SE PROPAGAN LAS EMPRESAS ZOMBIS

                                                                                                                                                           17-03-2021

Ángel Luis Vázquez

Economista - Administrador Concursal

SE PROPAGAN LAS EMPRESAS ZOMBIS

Sin que las ayudas del Gobierno, las medidas cautelares o los esperados fondos europeos sean capaces de parar la destrucción del tejido empresarial. La Ley de Segunda Oportunidad se configura como una alternativa viable.



Según pasa el tiempo, podemos ver como nuestro tejido productivo se va destruyendo mucho mas rápidamente que en nuestros países vecinos. La aseguradora Coface, por ejemplo, prevé más de un 16% de cierres de empresas hasta el 2022,y el Banco de España advierte de que el 40% del tejido productivo tiene problemas financieros.

Según, por otra parte, el conocido diario “El Economista” (Gonzalo Velarde, 12/02/2021), la crisis deja 220.000 empresas zombis en España, muy cerca de la quiebra. Se trata, concretamente, del 6,2% de los 3,6 millones de las empresas que se encuentran activas, según la información del INE.

En el caso de los autónomos, de los casi 3 millones que se contabilizaban a 1 de enero del año pasado, el 10,8%, es decir, 323.000 se han ido quedando por el camino por el camino.

Las pequeñas empresas[i] y los autónomos más jóvenes[ii] son los que máss han sufrido las consecuencias económicas negativas de la pandemia.

Con el eufemismo de “empresa zombi”, nos referimos a aquéllas, cuyos beneficios no llegan a devolver la deuda que tienen y ni siquiera pueden hacer frente los intereses de los préstamos, es decir si no se encuentran en quiebra, legalmente hablando,son, en la práctica, insolventes.

Por aquello de comparar con los países del entorno, en el siguiente mapa podemos ver el % de empresas zombis en relación con el numero de empresas activas en diferentes países:


Al contrario que en otros países del entorno, en nuestro país, hasta el muy reciente Decreto-Ley 5/2021, de 12 de marzo, no se habían concedido ayudas “directas” a las empresas; por el contrario, como “apoyo” a la actividad empresarial, el Gobierno había utilizado, básicamente, dos mecanismos para para paliar los efectos económicos de la pandemia. Por un lado, los ERTE, para proteger el empleo, y por otro la inyección de liquidez con garantía pública a través de los préstamos ICO.

Ambas medidas, que supusieron importantes instrumentos de choque en los inicios de la pandemia, son insuficientes (apenas el 2% del PIB frente al 4% de media en nuestro entorno), pero se trató de medidas coyunturales cuyo efecto desaparece en el corto plazo y, además, se plantearon como disposiciones para ayudar a una situación de crisis transitoria, a un problema de liquidez empresarial.

De esta forma, tales herramientas fueron planteadas para que, en el plazo máximo de un año, las empresas recuperases niveles de ingresos similares a los previos a la pandemia, pudieran incorporar nuevamente a sus empleados y generar ingresos suficientes para hacer frente a los gastos de la actividad y al pago de la deuda generada, precisamente, por los créditos ICO.

Pero la realidad ha sido muy diferente, ha trascurrido ya un año desde el inicio de la pandemia y las consecuencias económicas negativas de la COVI-19, que se pensó, en principio, que serían coyunturales, se han demostrado de carácter estructural y que, en el mejor de los casos, pasaran varios años antes de recuperar niveles de actividad previos a la pandemia.

Este error de Política Económica se pretende compensar ahora (“¡A buenas horas, mangas verdes¡) con ayudas directas para equilibrar el “shock” de oferta y demanda ante el que nos enfrentamos.

Y llegados aquí, después de un año, tenemos a las 220.000 sociedades y 323.000 autónomos que  no alcanzan ni el 30% de nivel de actividad previo a la pandemia, por lo que no pueden sacar a sus empleados de los ERTE, que se han gastado la liquidez obtenida con los ICO y, además, ahora, tampoco pueden pagar los intereses de la deuda y, muchos menos, el principal.

Estas son nuestras empresas “zombis”, aunque ya los problemas venían de atrás.

Pero el mayor peligro de estos zombis económicos es que, al igual que  la pandemia que los ha originado, son “altamente contagiosos” pues, aunque ellos están en quiebra, al mantenerse en el sistema económico, pueden arrastrar a la insolvencia a otras empresas, las cuales,  con las medidas adecuadas de Política Económica, podrían salvarse y empezar a generar riqueza.

Por eso, cuando en nuestro articulo del 29-10-2021, avisamos de la “Cruzada de Hacienda contra las empresas fantasmas” o, cuando la ministra Nadia Calviño ha iniciado la caza de sociedades zombis mediante el Reglamento de la Ley de Auditoría de Cuentas (Real Decreto 2/2021, de 12 de enero), cuyo tenor sancionará a todas aquellas que no presenten las cuentas anuales en los Registros Mercantiles, para evitar que puedan hacerse beneficiarias de subvenciones y fondos europeos, nos pareció una medida acertada:

Sin embargo,  de la mano de idéntica ministra, el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, donde se incluyen las citadas ayudas directas, resulta que, entre otras disposiciones, se prórroga la moratoria concursal, cuya duración  se extiende hasta el 31/12/2021.

Esta ampliación de la imposibilidad de acudir al concurso de acreedores, se produce,   bajo el pretexto de dar tiempo a que las empresas con mayores dificultades como consecuencia de la pandemia puedan restablecer su equilibrio patrimonial, evitando una innecesaria entrada en concurso.

Ese argumento es erróneo y especioso, pues empieza olvidando un factor esencial, como es el hecho de que tenemos ya en nuestro país más de 500.000 empresas zombis, empresas en quiebra que no van a poder volver nunca a una actividad similar a la pre pandemia, y, además, de seguir este ritmo, al final de año, podemos superar 1 millón de empresas zombis por el efecto contagio.

 

¿Qué va a pasar con estas más de 500.000 empresas en quiebra y con las personas que están detrás de estos negocios, ya sean propietarios o empleados?

 

Sin duda, cualquier medida para solucionar esta situación va a ser muy traumática y va a suponer un coste material y humano para el país pero, al igual que cuando una extremidad se gangrena, es mejor cortarla y evitar que se extienda al resto del cuerpo, cuando una empresa está ya en situación zombi, lo mejor es facilitarle un “cierre ordenado” para que, de esta forma, no arrastre a otras empresas, y ayudarle a reconvertir su situación actual con medidas activas de emprendimiento para que pueda generar ingresos lo antes posible.

Al facilitar la desaparición de las empresas zombis, en vez de destinar recursos a mantener muertos vivientes, podemos dedicar estos valiosos recursos en salvar aquellos negocios que todavía tienen alguna posibilidad.

En una guerra un muerto se entierra y se acabó la historia, es muy doloroso, pero se dejan de gastar recursos (alimentos, medicinas, cuidados, etc.). Es por eso que las minas antipersona están diseñadas para herir y mutilar, no para matar,  lo mismo como las balas.

Por eso, en vez de moratorias concursales, lo que tiene que realizar el Gobierno es una rápida transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, y por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 para que, desde el pragmatismo de resumido en la expresión: “donde no hay nada, nada se puede sacar”, se le facilite a todas estas empresas zombis un cierre rápido, ordenado y barato que les permita a sus emprendedores volver a generar recursos en cualquier otra actividad lo antes posible.

Entre las medidas a tomar, podríamos considerar las siguientes:

  1. Subvención a fondo perdido para la contratación de profesionales que realicen un diagnóstico de viabilidad de la actividad económica y, en caso de ser necesario, gestionen el procedimiento concursal y la solicitud de exoneración de pasivos insatisfechos de esas empresas. Ayuda entregada directamente al profesional, una vez aprobada la solicitud a efectos de garantizar su destino.
  2. Propiciar el concurso “exprés” en todos los casos posibles.
  3. Establecer un procedimiento específico con la Administración para que, cuando se acredite que el concurso carece de masa activa y la calificación sea “fortuita”, se proceda a la exoneración de oficio de los créditos de Derecho Público pendientes.
  4. Tramitación preferente del concurso consecutivo persona física que carezca de masa activa. Cuando decimos “preferente” nos referimos a un máximo de 3 meses, y no a los más de 18 meses actuales.
  5. Tramitación preferente del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho. Al igual que en el apartado anterior, nos referimos a un máximo de 3 meses.
  6. Especial tratamiento al tema de “vivienda habitual” en todo el proceso.

 

Todo esto ¿va a costar dinero? Ciertamente SÍ, pero el coste será mucho menor que seguir manteniendo las empresas zombis, por ejemplo, ¿cuánto le cuesta a Hacienda o a la Seguridad Social mantener abiertos de por vida expedientes de recaudación que sabe que no va a cobrar nunca? ¿Cuánto le cuesta a la Administración de Justicia un procedimiento de 18 meses cuando, realmente ,solo se mueven papeles pues desde un principio no existen bienes para pagar a los acreedores? ¿Cuánto les cuesta a las arcas del Estado que todos estos negocios al no puedan cerrarse ordenadamente por no disponer de los recursos necesarios y pasen a la clandestinidad y a la economía sumergida y no generen ningún tipo de impuesto? ……. Seguro que va a tener un coste muy elevado, pero por muy elevado que sea, nunca será tan alto como el no hacer nada y seguir manteniendo artificialmente estas empresas.

 

Además, no olvidemos que detrás de estas empresas existen personas, las cuales se han visto atrapados en las consecuencias de una pandemia en la que ellos no han tenido la culpa, y si su negocio ha quebrado por las restricciones médicas o el cambio de modelo económico, tienen todo el derecho del mundo en que se les facilite una salida ordenada del mismo, y una nueva oportunidad de iniciar una nueva actividad, cuya existencia  le permita generar nuevos recursos sin sufrir las consecuencias de un endeudamiento sobrevenido,    le impidiéndoles reiniciar cualquier tipo de actividad económica e, incluso, personal.

Nunca antes fue tan necesaria una aplicación efectiva de la Ley de Segunda Oportunidad.


Si el lector desea más información y, si desea  contactar con el autor, puede dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico: alv@vazqueztorres.com 


#2oportunidad

#LeySegundaOportunidad

#ConcursoExpres

#EmpresaZombi

#BeneficioExoneracionPasivosInsatisfechos

#CierreOrdenado


[i] El 21,5% de las empresas con cinco o menos asalariados se ha quedado por el camino

[ii] El 20,7% de los autónomos menores de 30 años causo baja durante los 9 primeros meses de la pandemia.





0 comentarios: