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Presentación norma UNE Mediación

  11-10-2024


Ángel Luis Vázquez

Economista - Administrador Concursal

Presentación norma UNE Mediación





El pasado jueves 10 de octubre el compañero Alberto Velasco y yo hemos participado en representación del Consejo General de Economistas (CGE) en la Jornada Informativa UNE-COGITI: "Nueva Norma para la mediación" en la que se presentará la nueva Norma UNE 197301:2024 sobre los procesos de mediación civil y mercantil, concursal y de consumo.

Esta Norma tiene como objetivo estandarizar los procesos de mediación y generar confianza en todas las partes implicadas, en un contexto en el que la mediación se ha convertido en una herramienta fundamental en la resolución de conflictos.

La jornada está organizada por la Asociación Española de Normalización y el Consejo General de la Ingeniería Técnica Industrial de España.

El Consejo General de Economistas durante los dos años largos que ha durado la elaboración de la norma ha participado muy activamente en la elaboración de la misma. 


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¿Son obligatorios los procedimientos de “Compliance”? - Artículo Revista El Economista REAF Nº 484-485 Agosto-Septiembre 2024

25-09-2024


Ángel Luis Vázquez

Economista - Administrador Concursal

¿Son obligatorios los procedimientos de “Compliance”? De una moda a una necesidad 

Artículo Revista El Economista REAF Nº 484-485 Agosto-Septiembre 2024



Seguidamente me complace compartir mi artículo sobre "compliance" publicado en la Revista El Economista de Información Fiscal REAF, número 484-485 Agosto-Septiembre de 2024.


Espero que os guste.


Artículo "Compliance" REAF nº 484-485




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Intervención en el programa “El Punto Sobre la i de Informa Radio” - Emisión 11/09/2024

 20-09-2024

Ángel Luis Vázquez

Economista - Administrador Concursal

Intervención en el programa “El Punto Sobre la i de Informa Radio”
Emisión 11/09/2024

 

El pasado 11 de septiembre tuve el placer de intervenir en el programa “El Punto Sobre la i”.



Podéis escuchar la intervención en el siguiente link:


El Punto Sobre la i 11/09/2024



Espero que os guste.


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Intervención en el programa Más Negocios, el canal de Negocios Televisión

  18-09-2024

Ángel Luis Vázquez

Economista - Administrador Concursal

Intervención en el programa "Más Negocios", el canal de Negocios Televisión - Emisión 16/09/2024

 

El pasado 16 de septiembre tuve el placer de intervenir en el programa "Más Negocios" en el canal de Negocios Televisión.

Podéis ver la intervención en el siguiente link:


Espero que os guste.


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Guía de actuación de los pequeños negocios ante la insolvencia

  31-10-2023

Ángel Luis Vázquez

Economista - Administrador Concursal

Guía de actuación de los pequeños negocios ante la insolvencia

 

Pautas que deben seguir los autónomos y pequeños negocios para detectar con antelación una posible situación de insolvencia

 

Nuevamente los compañeros del REFOR (Registro de Economistas Forenses) del Consejo General de Economistas (CGE), han publicado la “Guía de actuación de la empresa ante la insolvencia” que se puede descargar en el siguiente enlace:  Guía de actuación de la empresa ante la insolvencia


En este magnífico trabajo en que se adaptan las publicaciones anteriores a la reforma Concursal del 2022 se pretende dotar a los pequeños negocios y autónomos de una herramienta eficaz para:

        a) Detectar con suficiente antelación una situación de insolvencia

        b) Actuar si ya estamos en situación de insolvencia

Lo primero es distinguir en qué situación de insolvencia nos encontramos:

  • Insolvencia actual
  • Insolvencia inminente
  • Probabilidad de insolvencia

Pues según los compañeros del REFOR, con los que estoy totalmente de acuerdo, la detección temprana de una posible situación de insolvencia es fundamental para poder tomar las medidas adecuadas para que esta situación de insolvencia no derive en una quiebra.

Es muy importante determinar si una empresa es solvente o insolvente pero, lo más importante, si es viable o no.

Entre los indicadores que alertan sobre una posible situación de insolvencia están:

  • Descenso significativo en la cifra de negocios o en los márgenes.
  • Necesidad de realizar bienes del activo inmovilizado.
  • Abandono del proyecto empresarial por parte de directivos.
  • Cambios regulatorios en el sector.
  • Pérdidas de concesiones administrativas o distribuciones.
  • Retrasos en los pagos a los acreedores o en el cobro de clientes.
  • No renovación de pólizas de crédito.

Dependiendo del análisis de un experto se puede llegar a dos conclusiones:

1.  Que la empresa sea insolvente, pero viable: hay que implementar medidas de reorganización, reestructuración y reconducción, y negociar con los acreedores y empleados acuerdos extrajudiciales o concursales.

2.  Que el negocio sea insolvente y también inviable: “aún en este caso es conveniente analizar las posibilidades de llegar a acuerdos extrajudiciales para liquidar la empresa”, explicaron desde el REFOR. “Si ello no es posible, deberá solicitarse el concurso de liquidación.”


En cualquier caso, la principal conclusión que sacan los compañeros del REFOR y que comparto totalmente, es que ante el menor signo de problemas se contacte con un experto que estudie y reconduzca la situación.



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No te hundas con tu empresa

  11-10-2023

Ángel Luis Vázquez

Economista - Administrador Concursal

No te hundas con tu empresa


El fracaso empresarial no tiene por qué significar el fracaso personal



En los últimos meses, estamos viendo multitud de casos en los cuales la quiebra de empresas está arrastrando a la insolvencia de sus socios y administradores. Este efecto indeseado de los concursos y quiebras de las compañías se produce por varios motivos.

El entramado empresarial español está compuesto por algo más del 95% de Pymes[i], en las cuales el marcado carácter personalista de las gran mayoría de ellas hace que, en la práctica,  en la inmensa mayoría de los casos se confunda el patrimonio empresarial y personal, a lo que contribuye, por otro lado,  la tendencia generalizada por parte  de las entidades financieras de solicitar, en la financiación de este tipo de empresas, el aval personal del empresario con su patrimonio individual e, incluso, familiar.

Esta conexión ya se utilizaba en mi época de trabajador del sector bancario (hace muchos años) y se conserva en los momentos presentes y, la verdad es que la argumentación de la entidad financiera, para seguir con esta exigencia, vinculando el devenir del patrimonio empresarial con el futuro de nuestro patrimonio personal, es bastante sibilina, del tipo:  “si usted, empresario, tiene fe en tu empresa y en sus beneficios,  no le  importará avalar la financiación que le demos ¿No?”.

De esta forma, las entidades bancarias ponen al empresario ante un callejón sin salida, pues si tiene fe en su proyecto empresarial, es lógico que lo avale, pero sino lo   avala es, en puridad, porque el emprendedor no se fíase de sí mismo, de su propia empresa y, por lo tanto,  el banco tampoco se va a fiar y no te concederá la financiación necesaria para desarrollar la explotación económica.

Esta visión arcaica de las entidades financieras que, a la hora de estudiar la operaciones, se basan más en las garantías personales y patrimoniales ofrecidas que en la capacidad de generación de resultados del propio proyecto empresarial está haciendo mucho daño al sector empresarial, pues está arrastrando a la quiebra personal de muchos empresarios, los cuales han avalado operaciones, cuyo tenor,   en muchos supuestos,  no se tendrían que haber realizado si se hubiera realizado un estudio de riesgos desde el punto de vista de la capacidad de generación de recursos por el propio proyecto.,

Pero este no es el objetivo central de este apunte, sino resaltar que, como decíamos al principio, desde el ejercicio diario de la actividad profesional estamos viendo como muchos empresarios se empeñan en mantener vivos negocios que, por la razón que sea, han dejado de ser económicamente viables.

Esta política de mantenimiento a toda costa de proyectos inviables se puede deber, bien por cuestiones sentimentales, carentes de toda racionalidad económica como, por ejemplo, “es la empresa del abuelo”; por cuestiones personales, verbigracia, “si se cierra la empresa de que vivirá la familia” o, incluso,  por obligación, pues tales “empresarios” (y pongo intencionadamente las voces entre comillas) ya tienen todo su  patrimonio personal vinculado a la empresa, y la rueda tiene que seguir rodando si no quieren quedarse sin nada.

Créanme, una vez entras en este círculo vicioso, es muy ardua la salida, ya que,  si has avalado con tu patrimonio personal las operaciones financieras de la empresa, si las cosas no van bien, para continuar con la actividad y cumplir con tus compromisos, vas a tener que solicitar más endeudamiento, hasta que llegue un momento en que las garantías ofrecidas no soporten más endeudamiento y, entonces, la empresa en su conjunto, incluyendo tu patrimonio personal, se ve abocada al concurso de acreedores e, inmediatamente,  el empresario es arrastrado a la quiebra personal, perdiendo todos sus bienes.

Para que esto no suceda, se necesita inexorablemente un planteamiento profesional, una visión fría del negocio y de su futuro, la cual, partiendo de un diagnóstico de la empresa en el que se determine si la empresa es o no viable,  económicamente hablando y, por lo tanto, la entidad solo enfrenta problemas transitorios de índole financiero.

En el supuesto de que la empresa siga siendo viable económicamente pero arrastre problemas de financiación coyunturales, lo que se debe plantear es una reestructuración financiera de la entidad,  bien mediante una negociación privada con los acreedores, bien en el seno de una institución preconcursal, con son los denominados “planes de reestructuración”, contemplados en el Título III, del Libro II de la actual legislación concursal.

 Dependiendo de las propias circunstancias de la empresa, del sector en el cual se ubique, de las condiciones económicas, de su estructura financiera, de las perspectivas de mercado, etc., es decir, dependiendo de un estudio económico serio y profundo de su viabilidad económica, será recomendable una u otra alternativa.

Pero si lo que dictamina el experto es que la empresa ya no es viable económicamente, de inmediato, se tiene que proceder bien a un “cierre ordenado” de la misma, si la explotación económica conserva recursos para proceder al mismo, bien a un procedimiento concursal, en cuyo desarrollo proceda ordenada y sistemáticamente a la liquidación de la empresa en sede judicial.

Si nos encontramos ante la necesidad u oportunidad  de iniciar un procedimiento concursal,  es imprescindible, a la vez,  diseñar y realizar una estrategia conjunta “socio / empresa” para evitar que la quiebra de la empresa y la extinción de su patrimonio, arrastre a la quiebra personal del socio y al aniquilamiento de su patrimonio personal, y es aquí donde la denominada “Ley de Segunda Oportunidad” ha demostrado una gran eficacia, consiguiendo, entre otros beneficios,  la exoneración del pago en los avales del socio a la empresa.


En conclusión, si los números empiezan a no cuadrar en la vida de la empresa, antes de que la “pelota siga engordando”, mi consejo es que se ponga en manos de un experto para evitar que la quiebra de la empresa le arrastre a la quiebra personal.






[i] En cuanto a las pymes, las define como las empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o su balance general anual no excede de 43 millones de euros. La Definición de pyme está recogida en el Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión.


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Intervención en el programa “El Punto Sobre la i de Informa Radio” - Emisión 19/04/2023

 05-05-2023

Ángel Luis Vázquez

Economista - Administrador Concursal

Intervención en el programa “El Punto Sobre la i de Informa Radio”
Emisión 19/04/2023

 

El pasado 19 de abril tuve el placer de intervenir en el programa “El Punto Sobre la i” Dirigido por Julio Bonmatí, Ángeles Moya y Pedro Martos, junto con un maestro de la materia concursal D. José Luis López Echegaray.

(DE izquierda a derecha: Pedro Martos; Ángel Luis Vázquez; Julio Bonmatí; Ángeles Moya)

 

Podéis escuchar la intervención en el siguiente link:

 

Programa 19/04/2023 “Concurso y Segunda Oportunidad”

 

Espero que os guste.


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¿"Quo Vadis" Debitor? ¿A dónde vas, deudor?

 17-04-2023

Ángel Luis Vázquez

Economista - Administrador Concursal

¿"Quo Vadis" Debitor? ¿A dónde vas, deudor?


Seguidamente me complace compartir el enlace a un artículo publicado en El Economista sobre la Ley de la Segunda Oportunidad, espero que os guste.

¿"Quo Vadis" Debitor? ¿A dónde vas, deudor?



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