11-10-2022
Economista - Administrador Concursal
Endurecimiento de la
multirreincidencia en el hurto
(Fuente: Nota aviso REFOR 39/2022)
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El 29 de agosto entrara en vigor Ley Orgánica
9/2022, de 28 de julio, por la que se establecen normas que faciliten
el uso de información financiera y de otro tipo para la prevención,
detección, investigación o enjuiciamiento de infracciones penales, de
modificación de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de
Financiación de las Comunidades Autónomas y otras disposiciones conexas
y de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del
Código Penal.
Entre las
modificaciones destacamos el nuevo tratamiento de la multirreincidencia
en el hurto.
Entrada en vigor: plazo de un mes desde publicación en el BOE: el 29 de
agosto.
Según se indica en la propia exposición
de motivos ….
"Se considera
necesaria una reforma del artículo 234.2 del Código Penal que permita
sancionar más gravemente los casos de hurtos leves no superiores a 400
euros cuando se producen de forma multirreincidente. A estos efectos,
para evitar el salto desproporcionado de pena criticado por el Tribunal
Supremo, se opta por aumentar la pena de estos delitos de hurto leve,
pero sin llegar a la pena de prisión del tipo agravado del artículo
235.1 del Código Penal. Se prevé así que en los casos de hurtos leves o
inferiores a 400 euros se aumente la pena siempre que el autor sea
multirreincidente y la cuantía total de lo sustraído, incluyendo los
delitos de hurto cometidos con anterioridad, exceda los 400 euros. En
tal caso, sin embargo, se deberá imponer no ya la pena del tipo
agravado del artículo 235.1 del Código Penal, sino la pena del tipo
básico del artículo 234.1 del Código Penal, que es una pena de prisión
de 6 a 18 meses"
De esta forma, el mencionado articulo quedara redactado de la
siguiente forma …
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