IMPUESTO GRANDES FORTUNAS 2022 Y 2023

   07-02-2023


Ángel Luis Vázquez

Economista - Administrador Concursal

IMPUESTO GRANDES FORTUNAS 2022 Y 2023


El nuevo tributo estará en vigor el 31/12/2022 y afectará temporalmente a los ejercicios 2022 y 2023, aunque después de estos dos años se decidirá si se queda con carácter permanente.

 

La declaración se realizará coincidiendo con la declaración del IRPF.

 

Como este impuesto se “solapa” con el Impuesto sobre el patrimonio, en aquellas CCAA en las que se mantiene, se permitirá la deducción del 100% de lo pagado por el impuesto sobre el patrimonio.

 

La estructura de este impuesto es muy similar a la des Impuesto sobré el Patrimonio:

 

  • En este sentido, se mantiene la reducción por mínimo exento de 700.000€ para los contribuyentes residentes en España (obligación personal), así como la exención por vivienda habitual de 300.000€ y la exención de empresa familiar en iguales condiciones y con los mismos requisitos que los establecidos a efectos de la Ley del IP.

  • En relación con la tarifa, se establecen los siguientes tipos progresivos con un primer tramo a tipo 0 hasta 3 millones de euros

 

Base liquidable

Tipo impositivo

 

 

Hasta 3.000.000

0%

Entre 3.000.000 y 5.347.998,03

1,7%

Entre 5.347.998,03 y 10.696.996,06

2,1%

En adelante

3,5%

 

  • Se regula un límite conjunto “IRPF-Fortunas-Patrimonio», similar al actual límite conjunto “IRPF-Patrimonio», de manera que la suma de la cuota por los tres impuestos no exceda del 60% de la base imponible del IRPF.


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