Rating crediticio de las Pymes

En el BOE del 11 de julio se publico la circular 6/2016 de 30 de junio del Banco de Espa;a, que complementa la Ley de Fomento de la Financiación Empresarial para impulsar la financiación bancaria a las Pymes.

Esta circular obliga a las entidades financieras a "calificar la situación financiera de las Pymes" mediante la elaboración de un informe en el que se evaluara la capacidad de la Pyle para hacer frente a sus compromisos "información financiera-pyme"
de pagos antes de la concesión de una operación de financiación. Este informe que se denomina

La mencionada circular establece una metodología para obtener un "raiting" que permite categorizar a las Pymes en cinco categorías:


  • Riesgo bajo.
  • Riesgo medio-bajo.
  • Riesgo medio alto
  • Riesgo Alto
  • No disponible


Como la metodología de calculo es la misma para todos las entidades financieras, el raiting de la Pyle será el mismo en cualquier Banco.

Lo curioso de la circular es que ademas de la la obligación ya existente de previos de tres meses cuando se reduce o modifica la financiación del Banco a la Pyle, se regula una nueva obligación, la de la entrega de la denomina "información financiera-pyme" es decir su raiting crediticio.

También regula la posibilidad de ue la Pyle solicite a la entidad financiera su raiting crediticio, pero en este caso, la mencionada circular contempla la posibilidad de que el Banco cobre una comisiono por su entrega.

En principio y a la espera de su traslado a la practica, entendemos puede ser una buena medida encaminada a incrementar la trasparencia en la reclamaciones banco-pyme.

"Cada dia sabemos mas y entendemos menos" Albert Einstein 

0 comentarios: