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Los bancos deberán
informar del domicilio fiscal de sus clientes.
Fuente: Europa Press
Madrid 01.11.2016 | 00:33
Las cuentas se bloquearán si en
el plazo de 90 días los titulares no aportan la información requerida.
Las entidades
financieras tendrán la obligación de identificar entre el 1 de enero y el 31
de mayo de 2017 la residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad
o el control de cuentas financieras a diciembre de 2016, así como los datos de
dichas cuentas financieras (saldo, nombre de los titulares o valor de la misma),
de acuerdo con el real decreto aprobado por el Gobierno el pasado año con el
fin de mejorar el control fiscal de las operaciones financieras, según
confirmaron fuentes de la Agencia Tributaria.
También entre enero
y mayo los bancos deberán informar a Hacienda de las cuentas abiertas por
españoles en Estados Unidos, en virtud del acuerdo FACTA suscrito
entre España y el país norteamericano en 2013. Hasta ahora, las entidades
financieras suministraban esta información entre enero y marzo de cada año y
ahora contarán con dos meses más, hasta el 31 de mayo, con el fin de unificar
los plazos de esta obligación de información con la anterior de comunicar la
residencia fiscal de los titulares de cuentas.
El real decreto de
comunicación de la residencia fiscal de los titulares de cuentas permitirá a la
Agencia Tributaria contar con toda esa información financiera y que, a su vez,
pueda intercambiarla de forma automática con la administración correspondiente
del país de residencia fiscal de dichos titulares. Así, por ejemplo, podrá
conocer, de forma automática, los valores negociables o fondos de inversión que
un residente en España tenga en una institución financiera en países como
Luxemburgo, Austria o Irlanda.
Según el
Ministerio de Hacienda, la obtención de esta información por la Agencia
Tributaria en relación con contribuyentes residentes fiscales en España, así
como la posibilidad de intercambiarla con otros estados y obtener información
de estos, supondrá un «importante impulso» en la lucha contra el fraude fiscal,
especialmente el más sofisticado, y permitirá un mayor control de las rentas
financieras que se obtienen en el exterior.
La pregunta es ¿El IRS americano facilitara la
misma información a la Agencia Tributaria de las cuentas aperturadas por
españoles en EEUU?.
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