09-08-2022
Economista - Administrador Concursal
NUEVO SISTEMA DE COTIZACIÓN PARA LOS TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA O AUTÓNOMOS
PUBLICADO REAL DECRETO-LEY POR EL QUE SE ESTABLECE UN NUEVO SISTEMA DE COTIZACIÓN PARA LOS TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA O AUTÓNOMOS Y SE MEJORA LA PROTECCIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD.
Hoy se ha publicado
el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo
sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y
se mejora la protección por cese de actividad (Acceso
a normativa BOE). |
Este Real Decreto-Ley
con entrada en vigor el 1 de enero de 2023 establece que en los próximos tres
años se irá desarrollando progresivamente un sistema de quince tramos que
determina las bases de cotización y las cuotas en función de los rendimientos
netos del autónomo, como transición al modelo definitivo de cotizaciones por
ingresos reales que se producirá como muy tarde en nueve años. |
Se estructura en una
parte expositiva y una parte dispositiva, que consta de seis artículos, tres disposiciones
adicionales, siete disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y
cinco disposiciones finales.
Los compañeros de EAL
(Economistas. Asesores Laborales) han preparado un informe, del que
destacamos los siguientes aspectos: |
- Los rendimientos netos se
calcularán deduciendo de los ingresos todos los gastos producidos en
ejercicio de la actividad y necesarios para la obtención de ingresos del
autónomo. Sobre esa cantidad, se aplica adicionalmente una deducción por
gastos genéricos del 7% (3% para los autónomos societarios).
El resultado serán los rendimientos netos y esa será la cifra que
determinará la base de cotización y la cuota correspondiente.
- Se habilita así un sistema que
permite a los autónomos cambiar su cuota en función de su
previsión de ingresos netos (descontando los costes de desarrollar su
actividad) hasta seis veces al año (1 de marzo; 1 de
mayo; 1 de julio; 1 de septiembre; 1 de noviembre; 1 de enero del año
siguiente -actualmente pueden modificar hasta 4 veces al año-). Al
final del ejercicio fiscal y una vez conocidos los rendimientos netos
anuales, se regularizarán las cotizaciones, devolviéndose o reclamándose
cuotas en caso de que el tramo de rendimientos netos definitivos esté por
debajo o por encima del indicado por las previsiones durante el año.
§ Será
necesaria una declaración de previsión de los rendimientos económicos netos
en la solicitud de alta: deberá realizarse una previsión de los rendimientos
económicos netos durante el año natural en el que se produzca el alta por su
actividad económica o profesional, de forma directa y/o por su participación
en la sociedad o comunidad de bienes que determine su inclusión en el régimen
especial que corresponda (a excepción de miembros de institutos de vida
consagrada de la Iglesia |
§ de
miembros de institutos de vida consagrada de la Iglesia Católica y
trabajadores por cuenta propia incluidos en los grupos segundo y tercero de
cotización del Régimen Especial de Trabajadores del Mar). |
- Las cuotas mensuales a la
Seguridad Social irán desde los 230 euros al mes a los 500 euros al mes en
2023 y de los 200 euros al mes a los 590 euros al mes en 2025, siempre en
función de los rendimientos netos.
- En términos porcentuales, los
autónomos con ingresos más bajos experimentarán una reducción de su cuota
de más del 30% respecto a la actual. Los trabajadores autónomos con
rendimientos por debajo del SMI, entre los que abundan jóvenes y mujeres,
pagarán cuotas entre 200 y 260 euros al mes en 2025. Ese año, los tramos
de rendimiento medio tendrán cuotas entre 290 y 294 euros mensuales y
quienes ganan más de 6.000 euros al mes, 590 euros.
- El
texto aprobado también fija una cuota bonificada para los nuevos autónomos
de 80 euros durante doce meses, extensible a otros doce meses adicionales
cuando los ingresos netos siguen siendo bajos
- Las cuotas se irán ajustando en 2024 y 2025 (ver cuadro).
- Este sistema será sometido a evaluación cada 3 años.
Acceso al Documento completo de EAL (Economistas Asesores
Laborales)
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