29-09-2026

Administrador Concursal
Experto en Reestructuración e Insolvencia
Fundador de No Más Endeudamiento
Avalar una hipoteca no convierte en solvente a quien no lo es
Los avales públicos pueden facilitar el acceso
a la primera vivienda, pero no eliminan el riesgo del endeudamiento. Financiar
hasta el 100 % del precio exige distinguir entre poder obtener una hipoteca y
poder asumirla de forma sostenible durante veinte o treinta años.
Facilitar el acceso a la vivienda es uno de
los grandes retos económicos y sociales de nuestro país. El aumento del precio
de los inmuebles y la dificultad para reunir el ahorro previo han dejado a
muchos jóvenes y familias fuera del mercado de compra.
Ante esta situación, distintas
administraciones han puesto en marcha programas de avales destinados a
facilitar el acceso a la primera vivienda. La finalidad es comprensible, pero
conviene no confundir dos problemas diferentes: no disponer del ahorro necesario
para comprar y no disponer de capacidad económica suficiente para asumir la
deuda.
Porque avalar una hipoteca no convierte en
solvente a quien no lo es.
El aval facilita la financiación, pero la
deuda sigue existiendo
La Junta de Andalucía ha ampliado en 25
millones de euros su Programa Garantía Vivienda Andalucía, que alcanza una
dotación acumulada de 80 millones. El programa permite garantizar la
financiación que supera el 80 % del precio de referencia de la vivienda y puede
facilitar operaciones financiadas hasta el 100 %.
El aval resuelve uno de los principales
obstáculos para acceder a una hipoteca: disponer previamente de una cantidad
importante de ahorro. Pero cuanto mayor es el porcentaje financiado, mayor es
también el endeudamiento inicial del comprador y menor su margen de seguridad
ante un deterioro posterior de su situación económica.
El aval reduce parte del riesgo de quien
presta. No necesariamente el de quien pide prestado.
Acceso al crédito no significa capacidad
de endeudamiento
Existe una tendencia a identificar la
concesión de financiación con la existencia de solvencia: si el banco concede
el préstamo, pensamos que podemos permitírnoslo. Y no siempre es así.
Una familia puede cumplir hoy los
requisitos para obtener una hipoteca y encontrarse dentro de unos años en una
situación completamente distinta: pérdida de empleo, reducción de ingresos,
divorcio, enfermedad, cierre de una actividad profesional o acumulación de
otros créditos.
Por eso, cuando hablamos de crédito
responsable, la pregunta no debería ser únicamente «¿puede pagar esta persona
la cuota hoy?». También deberíamos preguntarnos qué capacidad de resistencia
tiene esa economía familiar si mañana las cosas vienen mal dadas.
Cuando desaparece el colchón
Financiar prácticamente el 100 % de una
vivienda reduce el colchón patrimonial inicial del comprador. Si posteriormente
aparece una situación de insolvencia, vender la vivienda no garantiza
necesariamente que desaparezca todo el problema financiero.
Al capital pendiente pueden añadirse
intereses y otros costes, mientras que el precio de venta puede no coincidir
con el precio de adquisición. Lo que comenzó como un problema hipotecario puede
terminar convirtiéndose en un problema general de sobreendeudamiento.
El debate no debería ser «aval sí» o «aval
no»
Los avales públicos pueden ser una
herramienta útil para personas con ingresos suficientes y estables que
encuentran una barrera difícil de superar para reunir el ahorro inicial. El
verdadero debate es determinar qué nivel de endeudamiento puede soportar
razonablemente cada economía familiar.
Una operación puede ser financiable y, sin
embargo, resultar demasiado ajustada. El análisis responsable debería
contemplar ingresos, estabilidad, gastos familiares, otras obligaciones
financieras y el margen disponible para afrontar imprevistos.
Del crédito responsable a la Segunda
Oportunidad
Incluso con una financiación responsable,
la insolvencia nunca puede eliminarse por completo. Una persona puede
endeudarse razonablemente y sufrir después circunstancias que hagan imposible
atender sus obligaciones.
Para esas situaciones existe la Ley de
Segunda Oportunidad. Cumpliendo los requisitos legales, determinadas personas
físicas pueden reordenar su situación económica y acceder a la exoneración de
determinadas deudas.
No se trata de premiar el incumplimiento,
sino de evitar que una deuda objetivamente imposible de pagar condene
económicamente a una persona durante el resto de su vida.
La reflexión de Ángel Luis Vázquez
Desde No Más Endeudamiento defendemos la
Segunda Oportunidad porque conocemos las consecuencias económicas y personales
del sobreendeudamiento. Pero precisamente por conocerlas creemos que la mejor
Segunda Oportunidad es, siempre que sea posible, aquella que nunca llega a
necesitarse.
Educación financiera, crédito responsable y
análisis realista de la capacidad de pago deberían acompañar a cualquier
mecanismo público destinado a facilitar el acceso al crédito.
Las administraciones pueden avalar una
operación y los bancos pueden financiarla. Pero ninguna garantía pública puede
sustituir una cuestión esencial: que la deuda asumida sea razonablemente
compatible con la capacidad económica de quien tendrá que devolverla durante
los próximos veinte o treinta años.
Conclusión
Facilitar el acceso a la vivienda es un
objetivo legítimo. Pero facilitar financiación no debería significar facilitar
sobreendeudamiento.
Tan importante como ayudar a una familia a
entrar en una vivienda es comprobar que podrá permanecer en ella sin
comprometer de forma excesiva su futuro económico.
Porque facilitar el acceso a una hipoteca
puede ayudar a comprar una vivienda. Pero avalar una hipoteca no convierte en
solvente a quien no lo es.
¿Necesitas ayuda?
Cuando las cuotas empiezan a resultar
difíciles de atender, necesitas financiación para llegar a fin de mes o
recurres a nuevos créditos para pagar los anteriores, conviene analizar la
situación antes de que el problema siga creciendo.
Los profesionales de No Más Endeudamiento
te acompañarán durante todo el proceso, analizando tus deudas, ingresos,
patrimonio y las alternativas disponibles para encontrar la solución más
adecuada en cada caso.
Más información:
info@nomasendeudamiento.com
Referencias
- Programa Garantía Vivienda Andalucía. Ampliación de 25 millones de euros; dotación acumulada de 80 millones.
- Texto Refundido de la Ley Concursal (Real Decreto Legislativo 1/2020), con las modificaciones introducidas por la Ley 16/2022.
- Directiva (UE) 2019/1023, sobre marcos de reestructuración preventiva y exoneración de deudas.
Hashtags
#NoMasEndeudamiento
#SegundaOportunidad
#Hipotecas
#Vivienda
#CreditoResponsable
#Sobreendeudamiento
#Deudas
#Insolvencia
#EducacionFinanciera

0 comentarios:
Publicar un comentario