Mostrando entradas con la etiqueta hacienda. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta hacienda. Mostrar todas las entradas

A VUELTAS CON LAS EMPRESAS ZOMBIS, LAS PÓCIMAS PARA LA RECUPERACIÓN Y LA TEORíA DE LA EVOLUCIÓN DE DARWIN

                                                                                                                                           29-10-2020

Ángel Luis Vázquez

Economista - Administrador Concursal 

A VUELTAS CON LAS EMPRESAS ZOMBIS, LAS PÓCIMAS PARA LA RECUPERACIÓN Y LA TEORÍA DE LA EVOLUCIÓN DE DARWIN

Como ya predecíamos en el pasado mes de julio, las empresas zombis siguen creciendo y las pócimas mágicas del Gobierno, lamentablemente, no están funcionando, tal como indica Cristina Alonso en un magnífico artículo de “La Información” de 12-10-2020.

(Imagen “El Economista” 24/12/2019)



EMPRESA ZOMBI. Dícese de aquella compañía con beneficio insuficiente para cubrir sus propios gastos financieros. A grandes rasgos, no es viable, es un 'muerto viviente' que incurre en pérdidas de manera sistemática y afronta serios problemas de solvencia, y que consigue mantenerse en pie, gracias a los bancos y a las ayudas públicas.


¡Bueno! No diría yo tanto. Si bien es cierto que España es el país que más ha utilizado “el aval público” para los préstamos a empresas afectadas por el Covid-19, como destaca el BCE (Banco Central Europeo) en su informe del 24/09/2020 (“Expansión Económica” de 25/09/2020), también es cierto que, como destaca el mencionado informe, mientras que el importe total de los préstamos garantizados ascendió a cerca de 95.000 millones de euros (entre abril y julio pasados), los flujos netos de crédito en el mismo periodo solo se elevaban  a 35.000 millones, es decir que, en España, los créditos garantizados no se han utilizado para aumentar la liquidez de las empresas, sino para renovar los créditos ya existentes.

¿Qué quiere decir esto? Pues que, en gran medida, los bancos han utilizado el aval del Estado para sanear sus balances, renovando bajo la fórmula de créditos ICO muchas de las operaciones existentes en las que antes soportaban el 100% del riesgo de impago y, ahora, mediante los avales ICO, es el Estado quien soporta la mayor parte del riesgo.

En el caso de autónomos y pyme, el aval garantizará el 80% del principal de las nuevas operaciones de financiación y de las renovaciones. Para el resto de las empresas, que no tengan la consideración de pyme, el aval cubrirá el 70% en el caso de nuevas operaciones de préstamo y el 60% para renovaciones.

Supongamos una Pyme, que tiene contratada con una entidad financiera una póliza de crédito a un año por 100.000 euros, y que la va renovando anualmente desde hace más de 10 años. Mediante esta operativa, se le renueva a 3 años con un aval ICO por el 80% de la operación, es decir, si existe impago, el Estado cubrirá 80.000 de los 100.000 euros y el banco solo cubriría los 20.000 euros restantes.

Pensemos en cualquier director de oficina bancaria, que tiene como clientes algunas Pyme, las cuales ya empiezan a estar un poco “tocadas” por los efectos del Covid-19 y que les vencen las líneas de crédito dentro de poco.

No se nos olvide que las oficinas bancarias son las que mejor conocen a sus clientes y sus negocios, pues la “banca de proximidad” es una de las principales virtudes que tenía el sistema crediticio español.

Así, que el director de la oficina se encuentra en una disyuntiva porque, por un lado, no quiere dejar a clientes de toda la vida en la estacada, entre otras cosas, porque le baja la cifra de inversión y muy posiblemente eso afectará a su “bonus”, pero, por otro lado, conociendo la posible evolución de la empresa, no cree que pueda pasar un riguroso control del Departamento de Riesgos y, en cualquier caso, no le ilusiona tampoco encontrarse con un fallido dentro de un año.

¡La solución! Se formaliza la renovación mediante un crédito ICO y se pide al cliente que avale la parte no cubierta.

¿Piensen que es posible que parte de los 95.000 millones formalizados en créditos ICO entre abril y julio pasado puedan estar en las circunstancias anteriores? ¡Dejemos la pregunta en el aire!


El Banco de España ha alertado de que, aproximadamente, una cuarta parte de las compañías está en situación de quiebra técnica, y más recientemente ha estimado que el 16,6% de las empresas tienen una deuda neta superior al doble de su patrimonio, por lo que podríamos afirmar que ya 1 de cada 5 de nuestras empresas es lo que hemos convenido en llamar una empresa zombi.

En este contexto, la economista senior de la Fundación de las Cajas de Ahorros (Funcas), María Jesús Fernández, estima que el porcentaje de empresas en posible riesgo de zombificación o desaparición se sitúa en estos momentos en una horquilla entre el 17% y el 25%. Esta previsión puede verse desagregada por tamaño y sector en los siguientes gráficos cuya fuente es el Banco de España:


Tanto en la comparación deuda con patrimonio, como en el caso de patrimonio neto negativo, estamos hablando de una quiebra técnica de más de un 20% de las Pyme y los sectores mas perjudicados serian el de hostelería y restauración con más de un 40% de quiebras técnicas, y el de vehículos a motor con mas de un 30%, en el escenario más desfavorable.


En cuanto a las pócimas para la recuperación

El Fondo Monetario Internacional (FMI) considera que las medidas de apoyo de Política Económica para luchar contra los efectos negativos de la COVID-19, como los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) o los préstamos del Instituto de Crédito Oficial (ICO) avalados con fondos públicos, siguen siendo esenciales a corto plazo y, en particular, para los sectores más afectados por la pandemia.

En este sentido, apuesta por la continuidad de las medidas de mantenimiento de rentas y apoyo a la liquidez, de manera focalizada y flexible, hasta que la recuperación se encuentre firmemente encarrilada.

La Comisión Europea, por su parte, también ha bendecido esta estrategia del Gobierno español para remediar el estrés de liquidez de las empresas y aliviar las tensiones de rentas.

¿Se tienen que mantener esos apoyos a todas las empresas o solo a aquellas que sean viables?

La clave, en nuestra opinión, está en ampliar las medidas sin zombificar el tejido empresarial, dirigiendo los recursos hacia las empresas viables. Para ello, resulta fundamental un análisis pormenorizado de la situación particular de cada compañía.

En línea con lo comentado anteriormente, la mencionada economista María Jesús Fernández comenta que: "Es posible que hasta ahora los bancos hayan tenido manga ancha a la hora de conceder estos créditos …”. Se trata, en definitiva, de evitar a toda costa que las entidades financieras se conviertan en cooperadoras necesarias de la zombificación de la economía, debiendo revaluar la solicitud de las próximas renovaciones, canalizando el crédito hacia las empresas viables, dejando morir a las inviables, pues mantener su agonía solo puede arrastrar, como un efecto dominó, a las empresas que todavía tienen posibilidad de salvarse.

En esta misma línea, el economista Javier Santacruz, pone el foco en los ERTE para advertir de que, la limitada capacidad de la Administración a la hora de analizar en detalle si cada empresa solicitante es viable o no, hace que se estén tomando medidas indiscriminadas.

Llegados a este punto, el problema es que es en las entidades crediticias, descansa toda la responsabilidad en determinar que empresas son viables y cuáles no, pues bien si estas entidades tienen unos magníficos departamentos de riesgos, no es menos cierto que, como hemos visto antes, en muchos supuestos, son “parte interesada”, lo cual sería como poner al zorro a guardar el gallinero.

Puestos a buscar soluciones imaginativas, pensemos que la Agencia Tributaria, AEAT, tiene un magnifico plantel de técnicos, acostumbrados a revisar y evaluar todo tipo de negocios y empresas y, además, la AEAT dispone de la mayor base de datos de las actividades económicas, con conexión directa al Registro Mercantil. ….

¿Sería muy complicado entonces que un cuerpo especializado y entrenado como el de los técnicos e inspectores de Hacienda revisara e informara los expedientes gestionados por los bancos, antes de enviárselos al ICO para su tramitación?

Yo creo que, con los adelantos técnicos en el trabajo remoto que se ha implantado, como consecuencia de la pandemia, no sería muy difícil, complicado, ni costoso la implantación de un modelo de este tipo.

Prohibir los despidos no va a ayudar a las empresas solventes a salir de las crisis.

En esta línea, el citado economista Santacruz pone el énfasis en la necesaria modernización de las herramientas del Estado, para hacer en cada caso un análisis pormenorizado de la situación de cada empresa y, con ello, determinar si necesita acogerse a una congelación de su capital humano o, por el contrario, debe ser forzada a ajustar plantilla y, por tanto, a sobrevivir o desaparecer.

En este contexto, añade, "medidas como prohibir los despidos durante seis meses no ayudan a clarificar la solvencia o insolvencia de una empresa[i]".

Tampoco la imposibilidad de solicitar un concurso necesario va a ayudar mucho.

El Consejo General de Economistas de España (CGE) ha dado también la voz de alarma, tras la moratoria y las limitaciones de la actividad judicial, al anunciar que “se prevé una avalancha de insolvencias empresariales, con un alza de más del 40% en 2021”.

El CGE recomienda que cada empresa realice un análisis de la situación económica de cada empresa y, en función de la misma, acudir a mecanismos de refinanciación y reestructuración, así como de mediación concursal y segunda oportunidad.

En cualquier caso, desde el CGE se alerta del riesgo de colapso de los juzgados, ante el aluvión de concursos que se esperan desde el último trimestre de 2020 (jurídicamente, será desde el primer trimestre de 2021), tras el fin de la moratoria.

Por su parte, el gobernador del Banco de España, Pablo Hernández de Cos, ha apuntado que la clave de bóveda de la estrategia gubernamental ante este escenario debería ser la reforma de la Ley Concursal para agilizar los procesos de reestructuración empresarial tras la quiebra.


En conclusión

Como bien advertía el Banco de España desde que se dejó atrás el pico de la pandemia: las políticas económicas deben reorientarse hacia proyectos empresariales viables para facilitar una salida ordenada del mercado de aquellos a los que la crisis ha ocasionado daños permanentes de difícil resolución o que, incluso, estaban 'tocados' desde antes.

O, en palabras del famoso científico Charles Robert Darwin:

No es el más fuerte ni el más inteligente el que sobrevive, sino aquel que más se adapta a los cambios. Charles Darwin.



[i] Se refiere a la cláusula de salvaguarda que obliga a los empresarios a mantener intactas sus plantillas durante seis meses tras el ERTE y que tantos dolores de cabeza está provocando a la patronal, incapaz hasta ahora de convencer a la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, de que levante ese veto.

CRUZADA FISCAL CONTRA LAS EMPRESAS ZOMBIES

                                                                                                                                            01-10-2020

Ángel Luis Vázquez

Economista - Administrador Concursal 

CRUZADA FISCAL CONTRA LAS EMPRESAS ZOMBIES

  

Las empresas “inactivas” y su tratamiento en los Planes de control tributario de la AEAT 

Se ha comprobado que dentro del colectivo societario existe una parte, muy significativa, constituida por sociedades inactivas o con escasa o nula actividad. A menudo, tales sociedades habían sido simplemente abandonadas por sus administradores y socios sin realizar los actos jurídicos que el ordenamiento prevé para los casos de terminación, extinción y disolución de la persona jurídica.

La Agencia Tributaria, tanto en 2019 como en 2020, ha puesto mucho énfasis en el control de las empresas inactivas, más concretamente en las empresas denominadas “fantasmas” sin actividad, ya que el fisco sospecha que una parte de ellas, especialmente las de pequeño tamaño (las microempresas) esconden realmente negocios no declarados, entramados societarios o faltas situaciones de insolvencia que permiten ocultar patrimonio u otros fraudes.

Con frecuencia, muchas de estas sociedades han sido simplemente abandonadas por sus administradores y socios sin que éstos se ocupen de extinguirlas y disolverlas formalmente, pero también existe otro colectivo, igualmente numeroso, de sociedades inactivas calificadas como “fantasmas”.

Hacienda también ha detectado que en algunos casos esas 'sociedades zombi' son aprovechadas por sus titulares para ejecutar maniobras defraudadoras. Es más, la Agencia Tributaria recuerda en el Plan de Control para 2020, que la OCDE considera que estas empresas inactivas resultan "potencialmente ocultadoras de la verdadera titularidad de los bienes y derechos, en España o en otras jurisdicciones, y afectan a la transparencia de nuestro sistema y a la comunicación del 'beneficiario efectivo'.

Para hacernos una idea de la dimensión del problema, podemos recurrir a un estudio realizado hace unos años por la compañía Crédito y Caución. En este estudio, Crédito y Caución estimaba que el 40% de las empresas dadas de alta en el Registro Mercantil no tenían ningún tipo de actividad real.

Una de las prioridades será y ha sido el “seguimiento de insolvencias aparentes” y “la creación de sucesivas sociedades mercantiles que incumplen el pago de las obligaciones tributarias”.


   

Nuestro ordenamiento jurídico dispone de las siguientes herramientas para luchar contra este tipo de sociedades:

  • Cierre de la página del Registro Mercantil cuando incumple las obligaciones registrales. Debe recordarse, que el incumplimiento de las obligaciones registrales ya lleva aparejada una sanción.
  • Revocación del NIF, lo cual impide la operativa con terceros.
  • Depuración del censo, mediante el “control y verificación” de los datos declarados sobre actividad, socios, partícipes, administradores y direcciones, para garantizar su fiabilidad y evitar que la información de constitución de una firma oculte traspasos posteriores.

Los motivos para no liquidar de forma definitiva una sociedad pueden ser diversos, desde la dejadez del empresario de turno hasta el intento de esquivar o diferir los gastos notariales, los aranceles registrales y las cargas fiscales asociados a la liquidación de una sociedad. En el más inquietante de los casos, se dejan vivas, como ha detectado Hacienda, pero también existen otros motivos más peligrosos, como enmascarar la titularidad real de un negocio o para remansar pérdidas acumuladas con el objetivo de compensarlas en otras sociedades con beneficios.

Como hemos podido ver en la pasada crisis, en los momentos de crisis fue bastante habitual que las Pymes y autónomos con negocios fallidos mantuvieran 'viva' la empresa, aunque sin actividad, a la espera de una segunda oportunidad o simplemente para evitar los costes asociados al cierre.

Con la pandemia, y las consecuencias económicas de la misma (se estima el cierre de más de 500.000 empresas), y es más que posible que las empresas, “inactivas, fantasma, o Zombi” se multipliquen de forma exponencial y sean las mínimas las que cierren de una manera ordenada, siendo una inmensa mayoría las que “cierren a la francesa[i]”, por lo que, si la Agencia Tributaria quiere controlar este tema, le espera una labor ingente.



[i] Cuando alguien se marcha de un lugar sin despedirse de los presentes, se suele decir que éste “se ha despedido a la francesa”. El origen del término viene de una costumbre que se popularizó entre la alta sociedad y burguesía de Francia a mediados del siglo XVIII


LOTERIA NACIONAL Y PREVENCION DEL BLANQUEO DE CAPITALES

Ángel Luis Vázquez
Economista - Administrador Concursal

LOTERIA NACIONAL Y PREVENCION DEL BLANQUEO DE CAPITALES




Aunque todas las semanas existen sorteos de la Lotería Nacional, no acercamos a los dos sorteos mas importantes del año, El Sorteo de Navidad, y el Sorteo del Niño.

El próximo 22 de diciembre, el Sorteo Extraordinario de Navidad repartirá un total de 2.240 millones de euros en premios, exactamente la misma cifra que el año anterior, por lo que los agraciados con el 'Gordo' recibirán 400.000 euros al décimo, con 640 millones de euros a repartir con este premio principal.

En total, el sorteo repartirá 24,4 millones de premios. Para ese día, se han emitido 160 series de 100.000 billetes cada una, con una emisión que asciende a 3.200 millones de euros, de los cuales el 70 por ciento se destina a premios. El segundo premio ascenderá a 1,25 millones de euros y el tercero es de 500.000 euros. Además, habrá dos cuartos premios de 200.000 euros y ocho quintos de 60.000 euros.

Tan solo dos semanas después del Sorteo de la Lotería de Navidad, es el turno de repartir suerte de la Lotería del Niño. El sorteo de la Lotería del Niño que se celebra el 6 de enero, Día de Reyes reparte un total de 700 millones de euros.

Es decir, en apenas 15 días se reparten en premios prácticamente 3.000 millones de euros, lo que da lugar celebraciones y muestras de euforia en la oficina, en la fabrica, e incluso en la calle.


Y mientras los premiados sueñan con lo que van ha hacer con el dinero que les quede después del famoso “tapar algunas deudas”, existen algunos personajes al acecho a ver si pueden hacerse con parte del dinero premiado.

Tradicionalmente estos personajes eran entidades y asesores financieros que quieren captar a los premiados como clientes para gestionar sus inversiones, pero también están los espabilados que ofrecen participar a los premiados en fabulosas inversiones que al final son una ruina, y por ultimo, tenemos a los que quieren comprar el decimo premiado con el objetivo del blanqueo de capitales.
Esta practica no es nueva, y existen casos famosos como Juan Antonio Roca, principal acusado en el caso malaya. El ex asesor urbanístico del Ayuntamiento de Marbella admitió que compró en 2005 varios décimos premiados con 646.000 euros.

También fue muy comentado el caso del exsenador por Coalición Canaria, Miguel Zerolo, sin duda uno de los hombres más afortunados de España pues entre el 2001 y el 2002, resultó agraciado con 145 premios entre décimos y participaciones y aunque fue investigado por ser “muy sospechoso”, Hacienda no pudo probar la existencia de irregularidad alguna.

Conscientes de esta practica, Hacienda en el 2013 comenzó a gravar los premios obtenidos con un impuesto de un 20% a los premios superiores a 2.500 euros. Pero desde la propia Administración Tributaria se admite que la medida no ha sido muy efectiva, y el mínimo exento se eleva en el 2018 a 10.000 euros, para pasar este año a los 20.000 y en 2020 llegará a 40.000 euros.

¿Cómo funciona?

La practica es bastante sencilla. Supongamos que eres agraciado con un decimo[i] del Gordo[ii] de Navidad de este año, es decir, por un decimo de 20 te tocarían 400.000 euros, y que como hemos indicado anteriormente en el 2019 están exentos los primeros 20.000 euros, y el resto grabado con un 20%, el premio neto seria de 324.000 euros, importe que puedes ingresar tranquilamente en tu cuenta bancaria pues la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.A[iii]. te emite un certificado acreditando la procedencia legal del premio.

Antes de cobrar el premio, un “intermediario” te ofrece comprarte el decimo, que no se nos olvide es un documento al portador, ofreciéndote una prima del orden del 10%, por ejemplo, te ofrece comprarte el decimo por 360.000 euros.

El comprador cobrará el decimo y habrá blanqueado 324.000 euros, pues evidentemente los 360.000 euros entregados al vendedor se han entregado “en efectivo” (En negro).

El vendedor recibe los 360.000 euros en efectivo, y tendrá que como vulgarmente se dice “guardarlo debajo del colchón” hasta que lo pueda “gastar en efectivo” (teniendo en cuentas las limitaciones existentes a los pagos en efectivo) pues no podrá ingresar el dinero en ninguna cuenta bancaria al no poder acreditar su procedencia.

Y aunque como se admite desde la propia Agencia Tributaria “Normalmente a las personas a las que pillamos es por un descuido o por imprudencia, porque perseguir este delito es muy complicado”. En estos casos, al vendedor del decimo puede salirle muy mal la jugada, los impuestos que se aplican y la multa “te dejan sin la totalidad del premio”. A esto hay que añadir que, si la sanción es superior a 120.000 euros, se convierte en un delito fiscal con pena de prisión. Además, si se demuestra que lo ha vendido a otra persona cuyo objetivo era blanquear dinero, la pena de cárcel puede incrementarse como cooperador necesario.

Así que como dice el sabio refranero español “A quien Dios se la dé, San Pedro se la bendiga” es decir que la persona agraciada debe celebrar su suerte, cobrar el premio que le ha tocado y disfrutarlo, pues si pretende rentabilizarlo aún mas vendiendo el decimo, le puede salir muy caro.


[i] En la Lotería de Navidad se juegan 100.000 números, que corresponden a las 100.000 bolas que contiene el primer bombo del sorteo; el segundo bombo, más pequeño, contiene 1.807 bolas que corresponden a los premios del sorteo (primer premio, segundo, tercero, pedreas…)
Entonces, ¿qué es un décimo de Lotería de Navidad?  Los décimos son cada uno de los boletos con un número que puedes adquirir en un punto de venta autorizado de lotería para participar en el Sorteo de Navidad. Para entendernos, se trata del boleto o papeleta que compras en una administración de lotería. Cada décimo cuesta 20 euros y te da la posibilidad de ganar hasta 400.000 euros, que es el importe del Gordo o primer premio del Sorteo de Navidad.
No hay que confundir los décimos con los billetes, que son agrupaciones de diez décimos del mismo número y serie. Este error es habitual porque, tanto en el reverso de los décimos como cuando los niños de San Ildefonso cantan el Gordo, se habla de un premio de 4 millones de euros. Este premio corresponde a todo el billete, es decir, hay que repartirlo entre diez décimos, y de ahí salen los 400.000 euros que puedes ganar con un décimo. Si quieres comprar un billete entero, deberás abonar 200 euros (el coste de 10 décimos de 20 euros cada uno).
[ii] Primer premio del Sorteo de Navidad y que consiste en 20.000 euros por cada euro jugado.
[iii] Loterías y Apuestas del Estado (legalmente «Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.A.») es un operador de loterías y juegos de azar español de titularidad pública responsabilidad del Gobierno de España y adscrito al Ministerio de Hacienda, a quien corresponde la dirección estratégica y la evaluación y control de eficacia. Esta entidad se encarga de la gestión, explotación y comercialización de todo tipo de loterías y juegos de ámbito nacional o siempre que sobrepasen el ámbito de una comunidad autónoma.
La empresa tiene sus orígenes en el "Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado" (ONLAE), creado en 1984 mediante la integración y unificación de las instituciones que hasta ese momento venían gestionando los juegos de titularidad estatal — el "Patronato de Apuestas Mutuas Deportivas Benéficas" y el "Servicio Nacional de Loterías". En el año 2000 se transforma en «Entidad Pública Empresarial Loterías y Apuestas del Estado» y en 2010 pasa a ser la actual «Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado» (SELAE).